A partir de ahora, las familias numerosas de categoría especial conservarán dicha categoría hasta que el último hijo permanezca incluido en el título de familia que les concede tal condición.
Lo que supone que más de 66.100 familias de familias numerosas podrán mantener su categoría como hasta ahora viniera ocurriendo con las familias de categoría general. Y en caso de que no se les concediera, cualquier tribunal deberá interpretar según este criterio fijado por el Tribunal Supremo.
Tras la sentencia a favor del caso de una familia numerosa sevillana, una nueva sentencia fija doctrina al interpretar el artículo 6.2 de la Ley de Familias Numerosas, estableciendo que “debe interpretarse en el sentido de que el Título de Familia Numerosa (…) sigue en vigor no solo en su existencia sino, además, en la categoría que antes ostentara”.
Felicidades a las familias numerosas, federación y asociaciones de familias numerosas por tan solicitado y reclamado derecho.
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