El Título de Familia Numerosa es el documento oficial que acredita a una familia numerosa para poder acceder a los beneficios de carácter público que le corresponden por Ley y a otros descuentos de caracter privado que algunas empresas quieren conceder a este colectivo.

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Legislación que regula el título de familias numerosas:

Corresponde a cada Comunidad Autónoma el reconocimiento de la condición de Familia Numerosa, la expedición de los títulos, así como la renovación de los mismos.

En el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la legislación que la regula es:

  • Decreto 172/2020 de 13 de octubre por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de Familia Numerosa y su categoría, la expedición, renovación, modificación o revocación del título y del carné de Familia Numerosa en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La condición de familia numerosa se acreditará mediante carné individual, que se expedirá a los miembros de la unidad familiar beneficiarios mayores de catorce años y, a solicitud de la persona interesada, se podrá expedir para los menores de esta edad. Este carné tendrá validez en todo el territorio nacional, acompañado del DNI, NIE u otro documento oficial que acredite al titular.

Las solicitudes se tramitan en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud y Familias.

Si dispone de certificado digital puede solicitarlo accediendo a la Oficina Virtual de la Junta.

La Asociación ofrece asesoramiento para realizar los trámites necesarios para la obtención del título de familia numerosa, así como el seguimiento en la renovación del carnet para los asociados.

Para más información, visitar la página web de la Junta de Andalucía, en la Consejería para la Igualdad y Bienestar social.

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